FUNDACIÓN ASISTENCIAL DE INICIATIVAS SOCIALES RETAMAR

MEMORIA

La Fundación Asistencial de Iniciativas Sociales Retamar constituida el 19 de enero de 1990, recoge en sus estatutos que su objeto es la satisfacción gratuita de necesidades físicas o intelectuales. Dentro de este fin general la fundación persigue como fines concretos inmediatos, los siguientes:
  • Realizar programas de acción social y prestar servicios de esta naturaleza comprendidos en el área de la acción social comunitaria y familiar.
  • Auxiliar y favorecer a la familia, especialmente a la numerosa, dedicando una atención preferente a los niños y jóvenes huérfanos, así como a los integrantes de núcleos familiares con grandes problemas afectivos.
  • Prestar ayuda a personas físicas o entidades por su contribución al bienestar de la familia y de la infancia en general, así como de la mujer en situación de necesidad en particular.
  • Prestar ayuda en cualquier forma posible a la educación y a la formación humana, cultural, social y cívica; bien mediante el pago de matrículas, institución de becas, entrega de material, etc., a personas pertenecientes a familias de escasos recursos económicos, bien otorgando o poniendo a disposición de las entidades que tengan por objeto la enseñanza o la formación los medios necesarios para el desarrollo de su actividad, bien teniendo la titularidad directa o indirecta de las mismas.
  • Proporcionar a las personas o entidades que se propongan realizar o fomentar actividades semejantes a las que constituyen su objeto, toda clase de asesoramientos y ayudas. Facilitar la creación de otras fundaciones, asociaciones sin fin de lucro o instituciones análogas, y promover donaciones y subvenciones con este fin.
La Fundación tiene plena libertad para cumplir cualesquiera de las finalidades enumeradas con anterioridad, que se enuncian sin carácter limitativo, sin que se le pueda exigir el cumplimiento de todas ellas o de unas con preferencia a las otras.
La Fundación otorga sus beneficios a las personas comprendidas en los apartados anteriores, que son seleccionadas por el Patronato o por aquellos en quien el Patronato delegue según criterios objetivos, en función del beneficio de que se trate. Cuando resulte apropiado a su naturaleza y a las circunstancias, se procede a realizar una convocatoria con la debida publicidad.
El Patronato vela para que en la dispensación de la asistencia de la Fundación no se discrimine a nadie por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
La representación, el gobierno y la administración de la Fundación se confía de modo exclusivo al Patronato que ejercita las facultades que le corresponden con sujeción a lo dispuesto en sus Estatutos.
El Patronato de la Fundación está compuesto por un mínimo de cinco personas y un máximo de quince que son llamados Patronos, con un Presidente y un Secretario, elegidos entre ellos. También se puede elegir uno o más Vicepresidentes.
Los cargos del Patronato tienen una duración de 4 años y son renovables indefinidamente. Las vacantes se producen por fallecimiento o renuncia de los titulares, así como por las causas previstas en la legislación Vigente. El Patronato, por mayoría absoluta de la totalidad de sus miembros, podrá designar las personas que hayan de cubrir las vacantes que en cada momento hubiere. Los cargos en el Patronato son de confianza y honoríficos; en consecuencia, sus titulares los desempeñan gratuitamente.
En la actualidad la composición del patronato es la siguiente:
Presidente:                                  
D. Juan Manuel de Toro Martín
Vicepresidente:                           
D. Alberto Barrera Rodríguez
Patronos:
D. José Luis Alier Gándaras
D. Francisco Fernández Aragón
D. Víctor Torre de Silva López de Letona
Secretario no Patrono:
D. Fernando Moreno Cea
El Patronato se reúne cuantas veces lo estime necesario el Presidente, quien debe convocarlo por lo menos una vez al año o también cuando lo soliciten la mitad de sus miembros. Las convocatorias se cursan por el Secretario con cinco días de antelación, como mínimo, a aquél en que deba celebrarse la reunión, expresándose en ellas el lugar, la fecha y hora de la reunión y el orden del día, y llevarán, asimismo, implícita la de una segunda convocatoria para media hora más tarde de la primera. El Patronato quedará válidamente constituido cuando concurran a la reunión la mitad más uno de sus miembros; y en segunda convocatoria será válida su constitución cualquiera que sea el número de asistentes.
Los acuerdos se adoptan por mayoría simple de votos, decidiendo en caso de empate el Presidente o a quién éste designe de entre los miembros del Patronato.
La competencia del Patronato se extiende a todo lo que concierne a la representación, gobierno y administración de la Fundación, sin excepción alguna, a la interpretación de los presentes Estatutos y a la resolución de todas las incidencias legales y circunstanciales que ocurrieren.
La ayuda a la Fundación tiene incentivos fiscales. A continuación, se recoge un cuadro con el esquema de los incentivos al mecenazgo para las donaciones puras y simples, que se realicen en favor de fundaciones acogidas al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre (estas deducciones son compatibles con las correspondientes a gastos de enseñanza en la Comunidad de Madrid):
PROGRAMAS DE BECAS
Desde la Fundación se ha ido estableciendo un fondo dotacional para hacer frente de manera sistemática a las ayudas establecidas, de manera que sus rendimientos se destinen exclusivamente para este fin.

1. Programa de ayudas para actividades extraescolares de alumnos

Se establece una dotación disponible anual de diecisiete mil euros, para actividades organizadas por Colegios o por Asociaciones con las que se establezcan convenios previos. Son requisitos para recibir estas ayudas: 1) no tener suspensos en el último curso realizado; 2) no haber tenido sanciones graves; 3) que la ayuda no supere el cincuenta por ciento del coste de la actividad.

Estas ayudas se conceden a los hijos, con las obligaciones legales y documentales que la concesión lleva consigo.


2. Programa de estudios en la Universidad de Navarra

Para que algunos alumnos con dificultades económicas puedan realizar sus estudios universitarios en la Universidad de Navarra se establece una dotación anual de quince mil euros.

Sólo se podrá acceder a estas ayudas con media de notable, y su renovación exige aprobar el curso completo. El importe máximo de la ayuda es del sesenta por ciento en el coste de enseñanza, sin ayudas a la residencia

Estas ayudas se conceden a los hijos, con las obligaciones legales y documentales que la concesión lleva consigo.


3. Programa de ayuda a la formación de profesorado

Se establece una dotación disponible anual de seis mil euros, prioritariamente para los profesores con más de tres años de antigüedad en el Colegio; se priman las actividades para el dominio de lenguas extranjeras o para la obtención de titulaciones complementarias.


4. Ayudas a los programas de solidaridad del Colegio

Cada año se dedicarán doce mil euros a los proyectos que realicen alumnos de Bachillerato. No se financiará a los alumnos, sino a los proyectos solidarios que realicen.


5. Becas de estudio

La concesión de estas becas se guía por los siguientes criterios:
1.- Las ayudas se conceden atendiendo a los resultados académicos de los alumnos solicitantes y a las condiciones económicas de sus familias, que no permitan cubrir los costes totales de la enseñanza.
2.- Las condiciones requeridas para su concesión son:
a) La familia debe estar al día en el pago de los recibos del Colegio.
b) Salvo causa mayor, el alumno solicitante no puede haber suspendido ninguna asignatura en la última convocatoria de junio.
c) Salvo causa mayor, el alumno solicitante no puede haber repetido curso en el colegio.
d) El alumno solicitante no puede tener ninguna falta grave de disciplina.
3.- La concesión de estas ayudas corresponde a los hijos con las obligaciones legales y documentales que la concesión lleva consigo.
4.- La concesión siempre se hará consensuada con el Colegio.

Cooperación solidaria:
Promoción de la participación de jóvenes estudiantes de educación secundaria y bachillerato en acciones de voluntariado, tanto en España como en países en vías de desarrollo, así como la ejecución y cofinanciación  de proyectos asistenciales de otras entidades sin ánimo de lucro, tales como la ONG Manos Unidas, la Asociación ADESC, la Asociación Ein Gihon, Strathmore University,  el Consejo Diocesano de Misiones (Domund) y la Fundación Komati, etc.

Proyectos Educativos:
Colaborar con otras entidades que promueven proyectos educativos y formativos dirigidos a la juventud, en la financiación de equipamientos materiales y docentes, y en la formación del profesorado. Especial prioridad al proyecto de la nueva sede de la Asociación Club Juvenil Argüelles.